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NUEVAS TARIFAS EFECTIVAS A PARTIR DEL 17 DE FEBRERO DE 2025

LA SOCIEDAD CONCESIONARIA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE NATAL SA, informa que a partir del día 17 de febrero de 2025 los valores de Tasas de Embarque, Conexión, Aterrizaje, Estancia, Almacenamiento y Capacitación, establecido en el Anexo 4 del Contrato de Concesión N° 004/ANAC/2023 – SBSG, se reajustará, de acuerdo con la Ordenanza No. 15.963, de 10 de diciembre de 2024, de la Agencia Nacional de Aviación Civil – ANAC, publicada en el Diario Oficial de la Unión el 17 de diciembre de 2024.

Enlace a las reservas de patio: https://natal-airport.com/AG/

Políticas de facturación NAT

Política de precios de aeronaves - Grupo I

Política de precios de aeronaves - Grupo II

Tabla 1 - Tarifa de embarque del Grupo I

Nacional (BRL)

Internacional (BRL)

46,20

80,90

Tabla 1-A - Tarifa de conexión (por pasajero)

Nacional (BRL)

Internacional (BRL)

14,00

14,00

 

Tabla 2 - Tasa de Desembarque aplicable al Grupo I (por tonelada)

Nacional (BRL)

Internacional (BRL)

14,32

38,15

Tabla 3 - Tasas de Permanencia aplicables al Grupo I

Nacional (BRL)

Internacional (BRL)

Patio de maniobras

Área de estancia

Patio de maniobras

Área de estancia

2,39

0,51

6,43

1,31

Tabla 4 - Tarifa Unificada de Embarque y Desembarque aplicable al Grupo II

Rangos de PMD (Ton)

Valores del hogar

Valores Internacionales

aterrizaje

aterrizaje

Hasta el 1

253,39

364,70

+ de 1 a 2

253,39

364,70

+ de 2 a 4

307,66

641,86

+ de 4 a 6

622,32

1.290,97

+ de 6 a 12

810,52

1.699,42

+ de 12 a 24

1.841,03

3.836,47

+ de 24 a 48

4.724,29

8.613,77

+ de 48 a 100

5.892,36

11.699,03

+ de 100 a 200

9.127,49

19.444,85

+ de 200 a 300

14.408,45

30.946,95

más 300

24.082,76

51.230,62

Tabla 5 - Tarifas de Estancia aplicables al Grupo II  

Rangos de PMD (Ton)

Valores Nacionales*

Valores Internacionales*

Patio de maniobras

Área de estancia

Patio de maniobras

Área de estancia

Hasta el 1

41,91

2,76

 39,37

2,56

+ de 1 a 2

41,912,76

 39,37

2,56

+ de 2 a 4

41,912,76

 39,37

5,10

+ de 4 a 6

41,91

3,63

 47,38

9,13

+ de 6 a 12

41,91

6,23

78,79

 15,71

+ de 12 a 24

60,84

12,13

158,28

30,99

+ de 24 a 48

121,94

24,30

 308,62

61,61

+ de 48 a 100

201,85

40,31

513,51

102,84

+ de 100 a 200

457,31

91,35

1.161,88

233,37

+ de 200 a 300

797,30

159,50

2.032,03

406,99

más 300

1.159,36

231,81

 2.956,83

592,97

*hora entera

 

 

Tabla 6 - Tarifa de Almacenamiento para Carga Importada

Períodos de almacenamiento

Porcentaje del valor CIF

1° - Hasta 02 días hábiles

0,75%

2º - De 3 a 5 días hábiles

1,50%

3º - De 6 a 10 días hábiles

2,25%

4º - De 11 a 20 días hábiles

4,50%

Por cada 10 días hábiles o fracción del mismo, a partir del 4° período, hasta que se retiren las mercancías.

+ 2,25%

Observaciones:

1. A partir del 4° (cuarto) período, los porcentajes son acumulativos;

2. Esta Tabla se aplica acumulativamente con la Tabla 7.

Tabla 7 - Honorario de Capataz de Carga Importada  

Valor de peso bruto verificado

U$D 0,0835 por kilogramo

Observaciones:

1. Esta tabla se aplica acumulativamente con la Tabla 6;

2. El importe de la tasa de asistencia aeroportuaria se cobrará una sola vez;

3. Cargo mínimo – R$ 20,10 (Veinte reales y diez centavos).

Tabla 8 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Carga Importada Aplicadas en Casos Especiales

Periodo de almacenamiento

Acerca del peso bruto verificado

1° - Hasta 4 días hábiles

U$D 0,2231 por kilogramo

2° - Por cada 2 días hábiles o fracción, a partir del 1° período, hasta el retiro de la mercancía

Añadir (+) U$D 0,2159 por kilogramo

Observaciones:                            

La tarifa mínima a cobrar será de R$ 20,10 (Veinte reales y diez céntimos).

Tabla 9 - Tarifas de Capacitación para Carga Importada en Tránsito

Acerca del peso bruto verificado

U$D 1,4104 por kilogramo

Observaciones:
1. Cargo mínimo – R$ 94,10 (noventa y cuatro reales y diez centavos);

2. La Tabla 4 aplica para cargas con permanencia máxima de 24 (veinticuatro) horas en TECA; y

3. Transcurrido el plazo de 24 (veinticuatro) horas desde el ingreso de la carga a TECA, se deberá aplicar las Tablas 6 y 7 o la Tabla 10 de esta Tarifa.

Tabla 10 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Cargas Importadas de Alto Valor Específico

Períodos de almacenamiento

Rango (R$)

Porcentaje del Valor CIF

3 días hábiles o fracción del mismo, a partir de la fecha de recepción en TECA

el 5.000,00 a

0,60%

19.999,99 / kg

De 20.000,00 a 79.999,99/kg

0,30%

más de 80.000,00/kg

0,15%

Observaciones:

 1. El valor CIF por kilogramo se basa en el peso neto de la carga.

Tabla 11 - Tarifas por Almacenamiento y Manejo de Cargas Destinadas a la Exportación

Periodo de almacenamiento

Acerca del peso bruto verificado

1° - Hasta 4 días hábiles

U$D 0,1117 por kilogramo

2° - Por cada 2 días hábiles o fracción, a partir del 1° período, hasta el retiro de la mercancía

Añadir (+) R$ 0,1117 por kilogramo

Observaciones:

1. Tarifa mínima de R$ 8,06 (ocho reales y seis centavos) en la TECA de origen y R$ 4,03 (cuatro reales y tres centavos) en la TECA de tránsito;

2. Los valores son acumulativos a partir del 2º periodo; y

3. Reducción del 50% (cincuenta por ciento) en los casos de devolución de carga perecedera a TECA, por retraso o cancelación del transporte aéreo regular.

Tabla 12 - Cargos por Almacenamiento y Ejecución de la Carga bajo pena de pérdida

Periodo de almacenamiento

Porcentaje del valor FOB

1º Hasta 45 días

1,50%

2º De más de 45 días a 90 días

3,00%

3º De más de 90 días a 120 días

4,50%

4º De más de 120 días

7,50%