NUEVAS TARIFAS EFECTIVAS A PARTIR DEL 19 DE FEBRERO DE 2024
LA SOCIEDAD CONCESIONARIA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE NATAL SA, informa que a partir del día 19 de febrero de 2024 los valores de Tasas de Embarque, Conexión, Aterrizaje, Estancia, Almacenamiento y Capacitación, se aplicará lo establecido en el Anexo 4 del Contrato de Concesión N° 004/ANAC/2023 – SBSG, según
La mesa debajo.
Enlace a las reservas de patio: https://natal-airport.com/AG/
- Políticas de facturación NAT
Política de precios de aeronaves - Grupo I
Política de precios de aeronaves - Grupo II- Tabla 1 - Tarifa de embarque del Grupo I
Tabla 1 - Tarifa de embarque del Grupo I
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
46,20
80,90
- Tabla 1-A - Tarifa de conexión (por pasajero)
Tabla 1-A - Tarifa de conexión (por pasajero)
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
14,00
14,00
- Tabla 2 - Tasa de Desembarque aplicable al Grupo I (por tonelada)
Tabla 2 - Tasa de Desembarque aplicable al Grupo I (por tonelada)
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
14,32
38,15
- Tabla 3 - Tasas de Permanencia aplicables al Grupo I
Tabla 3 - Tasas de Permanencia aplicables al Grupo I
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
Patio de maniobras
Área de estancia
Patio de maniobras
Área de estancia
2,39
0,51
6,43
1,31
- Tabla 4 - Tarifa Unificada de Embarque y Desembarque aplicable al Grupo II
Tabla 4 - Tarifa Unificada de Embarque y Desembarque aplicable al Grupo II
Rangos de PMD (Ton)
Valores del hogar
Valores Internacionales
aterrizaje
aterrizaje
Hasta el 1
241,62
347,75
+ de 1 a 2
241,62
347,75
+ de 2 a 4
293,36
612,04
+ de 4 a 6
593,40
1.230,98
+ de 6 a 12
772,86
1.620,46
+ de 12 a 24
1.755,49
3.658,21
+ de 24 a 48
4.504,77
8.213,53
+ de 48 a 100
5.332,51
11.155,43
+ de 100 a 200
8.703,38
18.541,34
+ de 200 a 300
13.739,43
29.508,99
más 300
22.963,75
48.850,18
- Tabla 5 - Tarifas de Estancia aplicables al Grupo II
Tabla 5 - Tarifas de Estancia aplicables al Grupo II
Rangos de PMD (Ton)
Valores Nacionales*
Valores Internacionales*
Patio de maniobras
Área de estancia
Patio de maniobras
Área de estancia
Hasta el 1
39,96
2,63
37,54
2,44
+ de 1 a 2
39,96 2,63 37,54
2,44
+ de 2 a 4
39,96 2,63 37,54
4,86
+ de 4 a 6
39,96
3,46
45,18
8,71
+ de 6 a 12
39,96
5,94
75,13
14,98
+ de 12 a 24
58,01
11,57
150,93
29,55
+ de 24 a 48
116,27
23,17
294,28
58,75
+ de 48 a 100
192,47
38,44
489,65
98,06
+ de 100 a 200
436,06
87,11
1.107,89
222,53
+ de 200 a 300
760,25
152,09
1.937,61
388,08
más 300
1.105,49
221,04
2.819,44
565,42
*hora entera
- Tabla 6 - Tarifa de Almacenamiento para Carga Importada
Tabla 6 - Tarifa de Almacenamiento para Carga Importada
Períodos de almacenamiento
Porcentaje del valor CIF
1° - Hasta 02 días hábiles
0,75%
2º - De 3 a 5 días hábiles
1,50%
3º - De 6 a 10 días hábiles
2,25%
4º - De 11 a 20 días hábiles
4,50%
Por cada 10 días hábiles o fracción del mismo, a partir del 4° período, hasta que se retiren las mercancías.
+ 2,25%
Observaciones:
1. A partir del 4° (cuarto) período, los porcentajes son acumulativos;
2. Esta Tabla se aplica acumulativamente con la Tabla 7.
- Tabla 7 - Honorario de Capataz de Carga Importada
Tabla 7 - Honorario de Capataz de Carga Importada
Valor de peso bruto verificado
U$D 0,0796 por kilogramo
Observaciones:
1. Esta tabla se aplica acumulativamente con la Tabla 6;
2. El importe de la tasa de asistencia aeroportuaria se cobrará una sola vez;
3. Cargo Mínimo – R$ 19,17 (Diecinueve reales con diecisiete centavos).
- Tabla 8 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Carga Importada Aplicadas en Casos Especiales
Tabla 8 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Carga Importada Aplicadas en Casos Especiales
Periodo de almacenamiento
Acerca del peso bruto verificado
1° - Hasta 4 días hábiles
U$D 0,2127 por kilogramo
2° - Por cada 2 días hábiles o fracción, a partir del 1° período, hasta el retiro de la mercancía
Añadir (+) U$D 0,2059 por kilogramo
Observaciones:
La tarifa mínima a cobrar corresponderá a R$ 19,17 (diecinueve reales con diecisiete centavos).
- Tabla 9 - Tarifas de Capacitación para Carga Importada en Tránsito
Tabla 9 - Tarifas de Capacitación para Carga Importada en Tránsito
Acerca del peso bruto verificado
U$D 1,3449 por kilogramo
Observaciones:
1. Cargo Mínimo – R$ 89,73 (ochenta y nueve reales con setenta y tres centavos);2. La Tabla 4 aplica para cargas con permanencia máxima de 24 (veinticuatro) horas en TECA; y
3. Excedido el plazo de 24 (veinticuatro) horas, luego de que la carga haya ingresado al TECA, se deberán aplicar las Tablas 1 y 2 o la Tabla 5 de esta Tarifa.
- Tabla 10 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Cargas Importadas de Alto Valor Específico
Tabla 10 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Cargas Importadas de Alto Valor Específico
Períodos de almacenamiento
Rango (R$)
Porcentaje del Valor CIF
3 días hábiles o fracción del mismo, a partir de la fecha de recepción en TECA
el 5.000,00 a
0,60%
19.999,99 / kg
De 20.000,00 a 79.999,99/kg
0,30%
más de 80.000,00/kg
0,15%
Observaciones:
1. El valor CIF por kilogramo se basa en el peso neto de la carga.
- Tabla 11 - Tarifas por Almacenamiento y Manejo de Cargas Destinadas a la Exportación
Tabla 11 - Tarifas por Almacenamiento y Manejo de Cargas Destinadas a la Exportación
Periodo de almacenamiento
Acerca del peso bruto verificado
1° - Hasta 4 días hábiles
U$D 0,1065 por kilogramo
2° - Por cada 2 días hábiles o fracción, a partir del 1° período, hasta el retiro de la mercancía
Añadir (+) U$D 0,1065 por kilogramo
Observaciones:
1. Tarifa mínima de R$ 7,69 (siete reales con sesenta y nueve centavos) en la TECA de origen y de R$ 3,84 (tres reales con ochenta y cuatro centavos) en la TECA de tránsito;
2. Los valores son acumulativos a partir del 2º periodo; y
3. Reducción del 50% (cincuenta por ciento) en los casos de devolución de carga perecedera a TECA, por retraso o cancelación del transporte aéreo regular.
- Tabla 12 - Cargos por Almacenamiento y Ejecución de la Carga bajo pena de pérdida
Tabla 12 - Cargos por Almacenamiento y Ejecución de la Carga bajo pena de pérdida
Periodo de almacenamiento
Porcentaje del valor FOB
1º Hasta 45 días
1,50%
2º De más de 45 días a 90 días
3,00%
3º De más de 90 días a 120 días
4,50%
4º De más de 120 días
7,50%